Fue autorizado el ingreso al país de una persona extranjera sin visa vigente, en virtud del principio de reunificación familiar. La sentencia de primera instancia fue confirmada por la Corte Suprema.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de amparo interpuesto por una ciudadana de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migración, de la Policía de Investigaciones y la Dirección de General de Aeronáutica Civil, a quién le fue prohibido el ingreso al país, dado que no contaba con visa vigente para…